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El Tribunal de Arbitraje confirma la suspensión de dos años a Iban Mayo. El vasco dio positivo por EPO en el Tour de 2007, cuando corría en el Saunier. Ciclista español Iban Mayo, enrolado en 2007 en las filas del Saunier Duval, recibió ayer una sanción de dos años por parte del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), que hace buena la decisión remitida previamente por la Unión Ciclista Internacional (UCI), como consecuencia del positivo por EPO que el ciclista vasco dio durante el Tour de Francia 2007. De este modo, el TAS confirma que la sanción cobra vigencia desde el 31 de julio de 2007, momento en el que se hizo oficial el dopaje del escalador, que fue suspendido por su formación, así como su exclusión definitiva a efectos clasificatorios de la edición de 2007. La UCI había remitido el caso al TAS después de que la Federación Española de Ciclismo (RFEC) archivase el caso de Mayo. La Española no quiso condenar al corredor vasco porque de los tres resultados de la muestra B presentados por tres laboratorios diferentes (el de Chatenay-Malabry, el de Gante y el de Sydney), dos de ellos no eran concluyentes. El 24 de julio Los hechos comenzaron cuando Mayo dio positivo durante un control antidopaje realizado el 24 de julio de 2007, durante una etapa del Tour de Francia. Su muestra A delató la presencia de EPO recombinante en el organismo del ciclista vasco, según el estudio realizado por el laboratorio galo de Chatenay-Malabry. El corredor pidió el contraanálisis y como el mencionado laboratorio francés se encontraba cerrado por vacaciones, la prueba B tuvo que ser remitida al de Gante (Bélgica) y además se pidió una tercera opinión a un centro de Sydney. Estos dos últimos centros calificaron la segunda muestra (la B) de «inconcluyente» y no legible. Claras evidencias Por ello, la UCI decidió devolver la segunda toma al centro francés de Chatenay-Malabry, que el pasado 6 de diciembre corroboró de nuevo la presencia de EPO recombinante en el análisis B. Sin embargo la RFEC afirmó que la prueba B no había dado positivo y dio carpetazo al proceso. Esta decisión de la Federación Española no convenció al TAS, que procedió a un nuevo análisis de acuerdo con las leyes antidopaje de la UCI. Llegados a este punto, el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) determinó ayer que los dos análisis, tanto el A como el B, presentan claras evidencias de la presencia de EPO recombinante en la orina de Iban Mayo, por lo que el ciclista de Durango tendrá que cumplir de manera completa una sanción que comenzó a realizar el 31 de julio de 2007, día en el que fue suspendido por su propio equipo, el Saunier Duval. Texto y Foto Tomado del Peródico"El Diario Montañes".
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